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Rol del CVL

En los establecimientos que brindan bachillerato, se nombra un consejo de delegados para la vida en liceo. Se trata de un lugar de escucha y de intercambio entre alumnos y adultos de la comunidad educativa. Es la instancia donde son debatidas todas las cuestiones concretas relativas a las condiciones de vida en el establecimiento. Los alumnos de bachillerato opinan y formulan propuestas que son presentadas luego en el consejo de establecimiento.

El consejo de delegados para la vida en el liceo ejerce las siguientes funciones:

  • Formula las propuestas sobre la formación de los representantes de los alumnos.
  • Es consultado obligatoriamente sobre las cuestiones relativas a los principios generales de la organización de los estudios, sobre la organización del tiempo escolar, sobre la elaboración del proyecto de establecimiento y del reglamento interno. Así mismo, se le consulta en relación a las cuestiones de cafetería y de internado; las modalidades generales de la organización del trabajo personal, del acompañamiento personalizado, de los dispositivos de acompañamiento de los cambios de orientación, del apoyo y la ayuda a los alumnos, de los intercambios lingüísticos y culturales en cooperación con los establecimientos de educación europeos y extranjeros; sobre la información relativa a la orientación, a los estudios escolares y universitarios y a las carreras profesionales; la salud, la higiene y la seguridad, la habilitación de los espacios destinados a la vida en el liceo; sobre la organización de las actividades deportivas, culturales y extraescolares.

El vice-presidente del consejo de delegados para la vida en el liceo presenta en el consejo del establecimiento las opiniones y las propuestas del C.V.L, así como les reporte de sus sesiones.

 

Composición y funcionamiento

El CVL es presidido por el jefe del establecimiento.

El CVL está compuesto por 10 alumnos de bachillerato electos para 2 años por el conjunto de los alumnos de Liceo durante un escrutinio plurinominal de una sola vuelta. En caso de que haya igualdad de votos, el candidato más joven es declarado ganador. Cada titular cuenta con un suplente que es electo en las mismas condiciones. Cuando el titular electo está cursando el último año de bachillerato, su suplente debe de estar inscrito en una clase de nivel inferior. Un miembro suplente solo puede participar en las reuniones si el titular se encuentra ausente. Una mitad de los miembros del consejo de delegados para la vida en el liceo es renovada cada año. Los representantes de los alumnos de Liceo eligen por un año, un representante titular y un representante suplente para el consejo de establecimiento.

El representante titular funge como vicepresidente del consejo de delegados para la vida en el Liceo.

Sus representantes del personal y de los padres de familia asisten, únicamente para dar consejo, a las reuniones del consejo de delegados para la vida en el liceo. Su número debe de ser igual al número de los miembros del consejo. Los representantes del personal son designados cada año entre miembros voluntarios del personal de enseñanza y de educación y de los personales administrativos, técnicos, sociales y de salud, en el consejo de establecimiento. Se hace lo mismo en relación a dos representantes de los padres de familia.